Calculadora Laboral
Calculá liquidaciones, aguinaldos, vacaciones y todas las prestaciones laborales según el Código de Trabajo de Costa Rica.
¿Qué calcula?
- Liquidación completa — Preaviso, cesantía, aguinaldo proporcional, vacaciones
- Aguinaldo — Cálculo anual o proporcional
- Vacaciones — Días acumulados y monto
- Horas extra — Ordinarias y extraordinarias
- Salario escolar — Según convención colectiva
Datos de entrada
- Fecha de inicio de relación laboral
- Fecha de terminación
- Salario mensual (bruto)
- Tipo de jornada
- Motivo de terminación (renuncia, despido con/sin responsabilidad)
- Vacaciones disfrutadas
Desglose de liquidación
| Concepto | Base legal | Cálculo |
|---|---|---|
| Preaviso | Art. 28 CT | Según antigüedad (0 / 7 / 14 días) |
| Cesantía (bruta) | Art. 29 CT | Escala de 19.5 a 22 días por año, tope 8 años |
| Aguinaldo proporcional | Ley 2694 | Salarios período / 12 × meses del período |
| Vacaciones | Art. 153 CT | Días pendientes × salario diario |
| Salario pendiente | Art. 136 CT | Días trabajados del último mes |
Fondo de Capitalización Laboral (FCL)
La calculadora muestra la cesantía bruta según la escala del Art. 29 CT. Sin embargo, desde la Ley 7983 (Ley de Protección al Trabajador), el patrono deposita un 3% del salario bruto mensual en la cuenta FCL del trabajador desde el primer mes de empleo.
Al momento de la terminación, el saldo acumulado de FCL se descuenta de la cesantía adeudada. Si el FCL cubre la cesantía completa, el patrono no debe monto adicional.
Importante: El saldo real del FCL debe verificarse directamente con la operadora de pensiones del trabajador (BCR Pensiones, Popular Pensiones, BN Vital, etc.). La calculadora muestra el monto bruto para referencia.
Consideraciones importantes
Salario variable
Las vacaciones (Art. 158 CT) y el aguinaldo (Ley 2694, Art. 1) deben calcularse sobre el promedio de los salarios recibidos en el último semestre, no sobre el salario fijo mensual. Si el trabajador recibe comisiones, horas extra u otros beneficios variables, el cálculo con salario fijo subestimará el monto correcto.
Terminaciones en diciembre
Para trabajadores que terminan entre el 1 y el 30 de diciembre, la calculadora genera el aguinaldo proporcional del período en curso (diciembre). Si el trabajador completó el período anterior (1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre), el aguinaldo de ese período completo ya debió haberse pagado en diciembre del año anterior. Verificar que no exista aguinaldo pendiente del período ya cerrado.
Características
- Legislación vigente — Actualizado con datos 2026 (salario mínimo, cuotas CCSS, TBP)
- Ambas perspectivas — Cálculo para patrono y para trabajador
- Exportación — PDF detallado para presentar en juicio o conciliación
- Historial — Guardá cálculos previos para referencia
Funciones relacionadas
- Calculadora de Honorarios — Honorarios profesionales
- Intereses e Indexación — Tasas para prestaciones en mora